JUICIO POR VIA MATERNA (1948)- CIUDADANIA ITALIANA

En caso de ciudadanía jure sanguinis «por línea materna», cuando el ascendente es una mujer y su hijo/a nació antes de 1948,  deberá iniciarse un juicio en los tribunales con jurisdicción en Roma. No hace falta viajar a Italia. Se le firma un poder al abogado.

Se trata de un caso que en el lenguaje común se denomina «1948».

Como es bien sabido, antes del 1948 las mujeres italianas no trasmitían ciudadanía. A partir del año 1948 la Constitución Italiana determinó el principio de la igualdad de derechos entre hombres y mujeres. Como todavía esta situación no ha sido subsanada legislativamente en todas las áreas del sistema legal italiano (incluido el tema de la ciudadanía), es necesaria una sentencia judicial para que el Tribunal reconozca la ciudadanía.

Lamentablemente, no se puede prever la duración del juicio, el promedio es de 1 a 3 años (porque todo depende de las decisiones que tome el juez, quien tiene el poder de alargar considerablemente los plazos por múltiples razones).

 

Ejemplo:

Bisabuela italiana nacida en 1919, abuela nacida en 1947. Se va a juicio.

Tatarabuelo italiano nacido en 1871, bisabuelo nacido en 1900, abuela nacida en 1930, padre nacido en 1951, no se va a juicio

Tatarabuelo italiano nacido en 1870, bisabuelo nacido en 1902, abuela nacida en 1930, padre nacido en 1947, se va a juicio

La duración del reconocimiento por medios administrativos, tampoco es predecible, ya que el último Gobierno ha establecido que la Administración tiene 4 años para decidir sobre las este tipo de solicitudes. 

El precio del juicio con el abogado es de 2500€ para una persona. Si se suman varios integrantes de la familia, el costo se abarata (500€ más por persona). Se deben sumar 564€ de gastos administrativos

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